Ana G. Méndez University cuenta, en sus recintos principales, con Oficiales de Manejo y Prevención en Incumplimiento de Préstamos.

El Departamento de Educación Federal identifica mensualmente a los estudiantes que presentan atrasos o incumplimientos de pago y comparte esta información con las instituciones.

El Oficial de Manejo y Prevención puede asistir al estudiante cuando se retira de la institución, reduce su carga académica a menos de medio tiempo o interrumpe sus estudios universitarios.

El propósito de este servicio es orientar a los estudiantes sobre las alternativas disponibles para mantener al día los pagos de sus préstamos estudiantiles. Entre los temas y servicios disponibles se encuentran:

Overpayment

Un overpayment o exceso de pago puede ocurrir cuando un estudiante supera, de manera involuntaria, los límites máximos permitidos para préstamos estudiantiles a nivel subgraduado o graduado.

A los estudiantes con préstamos desembolsados antes del 1 de julio de 2026 que continúen matriculados en la misma institución, programa y nivel académico se les podrán aplicar los límites correspondientes a la excepción provisional de la Ley One Big Beautiful Bill Act.

Para conservar esta excepción, el estudiante debe haber estado matriculado en el programa antes del 1 de julio de 2026, haber recibido un desembolso de préstamo y permanecer en el mismo programa durante un máximo de tres años o hasta completar el grado.

La excepción puede perderse si el estudiante cambia de programa, realiza una baja total o completa el programa académico.

Máximos de Préstamos Estudiantiles — Pre-OBBBA

Nivel académicoMáximo de préstamos
Nivel subgraduado
Dependientes
Hasta $31,000.00 en préstamos. Solamente $23,000.00 pueden corresponder a préstamos con subsidio.
Nivel subgraduado
Independientes
Hasta $57,500.00 en préstamos. Solamente $23,000.00 pueden corresponder a préstamos con subsidio.
Nivel graduado
Independientes
Hasta $138,500.00 en préstamos, incluyendo los préstamos recibidos a nivel subgraduado.

A los estudiantes con préstamos desembolsados después del 1 de julio de 2026 que sean de nuevo ingreso, readmisión o transferencia, o que hayan cambiado de nivel académico, se les aplicarán los nuevos límites establecidos por la Ley One Big Beautiful Bill Act.

Máximos de Préstamos Estudiantiles — Post-OBBBA

Nivel académicoMáximo de préstamos
Nivel subgraduado
Dependientes
Hasta $31,000.00 en préstamos. Solamente $23,000.00 pueden corresponder a préstamos con subsidio.
Nivel subgraduado
Independientes
Hasta $57,500.00 en préstamos. Solamente $23,000.00 pueden corresponder a préstamos con subsidio.
Nivel graduado
Independientes
Hasta $100,000.00 en préstamos.
Nivel profesional
Independientes
Hasta $200,000.00 en préstamos.

Opciones para resolver un overpayment

  • Solicitar un Reaffirmation Agreement o acuerdo de reafirmación con la agencia administradora en la que se encuentra el exceso. Mediante este acuerdo, el estudiante se compromete a pagar la cantidad excedida cuando termine sus estudios y los préstamos entren en repago.
  • Si ya no está estudiando y sus préstamos se encuentran en repago, puede consolidarlos accediendo a: Consolidación de préstamos .
  • Pagar directamente a la agencia de servicio la cantidad que ocasionó el exceso.
Nota: Una vez resuelto el exceso de pago, deberá presentar en la Oficina de Asistencia Económica evidencia de que la situación fue atendida satisfactoriamente con la agencia administradora.

Desfalco

Cuando se omite un pago de préstamo estudiantil, el préstamo entra en delincuencia. Permanecerá en ese estado hasta que se pague la cantidad vencida o se formalice otro arreglo, como un cambio de plan de pago, un aplazamiento o una prórroga.

Cuando el atraso supera los 90 días, la agencia administradora puede reportarlo a las agencias de crédito, afectando negativamente el historial y la puntuación crediticia del prestatario.

La continuación del atraso puede provocar que el préstamo entre en incumplimiento.

Por lo general, un préstamo entra en incumplimiento cuando no se realizan los pagos programados durante al menos 270 días. Si transcurren 360 días sin que se atienda la deuda, el préstamo puede ser referido a una agencia de cobro.

El prestatario debe comunicarse inmediatamente con su agencia de servicio para evitar consecuencias adicionales y la pérdida de beneficios.

Consecuencias de incumplir con un préstamo estudiantil

El incumplimiento puede producir consecuencias legales y financieras, entre ellas:

  • Retención de impuestos y beneficios federales: los reintegros de contribuciones u otros beneficios federales pueden retenerse y aplicarse a la deuda.
  • Embargo de salarios, propiedades o beneficios del Seguro Social: el empleador puede ser requerido a retener parte del salario.
  • Pérdida de beneficios: el prestatario puede dejar de ser elegible para aplazamientos, prórrogas y algunas opciones de pago.
  • Pérdida de elegibilidad para ayuda federal: puede dejar de recibir beca Pell, préstamos estudiantiles y otros fondos de Título IV.
  • Efecto adverso en el historial de crédito: la anotación negativa puede permanecer durante varios años y dificultar la obtención de préstamos, tarjetas de crédito o propiedades.
  • Acción judicial: el Departamento de Educación Federal puede iniciar una demanda y añadir costos legales y judiciales.
  • Pérdida de licencias o posibilidades de empleo: determinadas jurisdicciones o empleos pueden imponer restricciones por incumplimiento.

Alternativas para resolver el incumplimiento

  • Pagar el préstamo en su totalidad: esta alternativa puede permitir un ajuste en el balance y puede eliminar el indicador de incumplimiento en menos tiempo.
  • Rehabilitar el préstamo: para esta alternativa debe existir un balance mínimo de $500.00. El prestatario deberá completar un programa voluntario y satisfactorio de pagos consecutivos durante aproximadamente nueve meses.

Luego de realizar el sexto pago satisfactorio, el estudiante podría recuperar la elegibilidad para recibir ayuda económica federal. Sin embargo, debe continuar realizando los pagos establecidos para conservarla.

La rehabilitación es la alternativa que puede remover del historial de crédito la anotación negativa asociada con el préstamo en incumplimiento.

  • Consolidar los préstamos: esta opción combina varios préstamos, incluyendo préstamos en incumplimiento, en un solo préstamo.

La consolidación puede solicitarse mediante: StudentAid o mediante una solicitud manual. El trámite puede tomar aproximadamente de 60 a 90 días laborables.

Para obtener información adicional sobre alternativas para resolver el incumplimiento, consulte:

Diferimientos y Prórrogas

El Departamento de Educación Federal ofrece alternativas para suspender temporalmente los pagos mediante un diferimiento o una prórroga. Estas opciones pueden ayudar a evitar atrasos durante el período de repago.

Dejar de pagar un préstamo por más de 270 días puede tener consecuencias, incluyendo daños al crédito y embargo de salario. Cuando el prestatario no pueda realizar los pagos, debe comunicarse con su agencia administradora para evaluar las alternativas disponibles.

Diferimientos

Un aplazamiento o diferimiento permite posponer los pagos por un período específico y limitado.

Durante el diferimiento, el prestatario no tiene que realizar pagos. La porción subsidiada generalmente no acumula intereses durante el período, mientras que la porción sin subsidio continúa acumulándolos.

Los diferimientos deben solicitarse directamente a la agencia administradora. Pueden aprobarse en períodos de 6 a 12 meses, hasta un máximo acumulado de 3 años.

Para más información, visite: Información sobre diferimientos (recurso disponible solamente en inglés).

Razones para solicitar un diferimiento

  • Continuar estudiando.
  • Presentar una incapacidad temporal.
  • Servir en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.
  • Enfrentar dificultades económicas.

Prórrogas

Una indulgencia o prórroga permite posponer temporalmente los pagos cuando el prestatario no puede realizarlos o no reúne los requisitos para un aplazamiento.

Durante la prórroga, los intereses continúan acumulándose y son responsabilidad del prestatario.

La solicitud debe presentarse directamente a la agencia administradora. Estas prórrogas pueden concederse en períodos de 6 a 12 meses, hasta un máximo acumulado de 3 años.

Para más información, visite: Información sobre indulgencias o prórrogas (recurso disponible solamente en inglés).

Razones para solicitar una prórroga

  • Problemas de salud u otras circunstancias aceptables.
  • Residencia médica o dental.
  • Servicio voluntario o servicio comunitario nacional.
  • Dificultades económicas.
  • Prórroga general.
  • Prórroga por docencia.

Planes de Pago

Un plan de pago es un acuerdo entre el prestatario y la agencia administradora que establece la cantidad mensual y el número de pagos necesarios para saldar el préstamo.

Existen diferentes alternativas diseñadas para atender las necesidades de los prestatarios. La agencia administradora puede explicar cada opción y determinar la elegibilidad según los ingresos, la cantidad de dependientes y la situación económica.

Los períodos de pago normalmente varían entre 10 y 25 años, dependiendo del plan seleccionado.

El prestatario puede escoger entre planes con pagos mensuales fijos y planes calculados según los ingresos, luego de completar la solicitud y presentar la documentación requerida.

Planes de Pago Fijo

Los planes de pago fijo determinan la cantidad mensual utilizando el balance adeudado, la tasa de interés y el período de repago.

Plan de Pago Básico Escalonado

  • Aplica a préstamos desembolsados a partir del 1 de julio de 2026.
  • El pago mensual se calcula utilizando el balance principal al momento de entrar al plan, la tasa de interés y el período de repago.
  • La duración del plan depende de la cantidad total solicitada por el prestatario.

Período de repago según el balance del préstamo

Balance principal total de préstamos estudiantilesPeríodo de repago estipulado
Menos de $25,00010 años
Desde $25,000 hasta menos de $50,00015 años
Desde $50,000 hasta menos de $100,00020 años
$100,000 o más25 años

Plan de Pago Básico

  • El pago mensual es fijo y el período máximo de repago es de 10 años.
  • Para ser elegible, el prestatario no puede haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, a partir del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Gradual

  • Los pagos comienzan con cantidades más bajas y aumentan gradualmente, según el balance adeudado.
  • El período máximo de repago es de 10 años.
  • Para ser elegible, el prestatario no puede haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, a partir del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Ampliado

  • El pago puede ser fijo o gradual durante un período más extenso, lo que puede reducir la cantidad mensual.
  • El período de repago puede extenderse hasta aproximadamente 25 años.
  • Para cualificar, el prestatario debe haber solicitado más de $30,000 en Préstamos Directos Federales.
  • Para ser elegible, no puede haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, a partir del 1 de julio de 2026.

Si el prestatario no selecciona un plan y su préstamo fue desembolsado a partir del 1 de julio de 2026, la agencia administradora puede incluirlo en el Plan de Pago Básico Escalonado.

Planes de Pago Definidos por los Ingresos (IDR)

Los planes IDR determinan la cantidad mensual utilizando los ingresos del prestatario y el tamaño de su familia. Estos planes deben recertificarse anualmente.

Dependiendo del plan, un balance pendiente podría ser elegible para condonación al finalizar el período de repago establecido.

Plan de Ayuda para el Pago (RAP)

  • El pago mensual se basa en el ingreso anual y la cantidad de dependientes reclamados en las planillas.
  • La cantidad se calcula utilizando un porcentaje del ingreso anual, generalmente el ingreso bruto ajustado, dividido entre 12.
  • El pago mensual puede reducirse en $50.00 por cada dependiente reclamado en las planillas federales o estatales.
  • El pago mensual no puede ser menor de $10.00.

Pago estimado según el ingreso bruto ajustado

Ingreso bruto ajustadoPago mensual estimado
Menos de $10,000$120
Desde $10,000 hasta $20,0001% del ingreso bruto ajustado
Desde $20,000 hasta $30,0002% del ingreso bruto ajustado
Desde $30,000 hasta $40,0003% del ingreso bruto ajustado
Desde $40,000 hasta $50,0004% del ingreso bruto ajustado
Desde $50,000 hasta $60,0005% del ingreso bruto ajustado
Desde $60,000 hasta $70,0006% del ingreso bruto ajustado
Desde $70,000 hasta $80,0007% del ingreso bruto ajustado
Desde $80,000 hasta $90,0008% del ingreso bruto ajustado
Desde $90,000 hasta $100,0009% del ingreso bruto ajustado
Más de $100,00010% del ingreso bruto ajustado

El Plan de Ayuda para el Pago será el plan basado en ingresos disponible para préstamos solicitados después del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Basado en los Ingresos (IBR)

  • Los pagos se calculan utilizando los ingresos del hogar y el tamaño de la familia.
  • El pago puede representar entre un 10% y un 15% del ingreso discrecional, dependiendo de cuándo se recibieron los primeros préstamos.
  • El pago no debe superar la cantidad correspondiente a un Plan de Pago Básico a 10 años.
  • El período de repago puede ser de 20 o 25 años, dependiendo de la antigüedad del préstamo.
  • Para ser elegible, no puede haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, a partir del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Según Sus Ingresos (PAYE)

  • El pago se calcula utilizando el 10% del ingreso discrecional.
  • El pago no puede superar la cantidad correspondiente a un Plan de Pago Básico a 10 años.
  • El período de repago es de 20 años.
  • Los prestatarios inscritos en este plan deberán cambiar a otro plan a partir de julio de 2028.
  • Para ser elegible, no puede haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, a partir del 1 de julio de 2026.

Plan de Pago Condicional al Ingreso (ICR)

  • El pago se calcula utilizando el 20% del ingreso discrecional o la cantidad correspondiente a un plan fijo de 12 años ajustado según los ingresos.
  • Se utilizará la cantidad menor resultante de esas dos alternativas.
  • El período de repago es de 25 años.
  • Los prestatarios inscritos en este plan deberán cambiar a otro plan a partir de julio de 2028.
  • Para ser elegible, no puede haber recibido nuevos préstamos, incluyendo consolidaciones, a partir del 1 de julio de 2026.

Quienes hayan recibido préstamos antes del 1 de julio de 2026 podrían ser elegibles para los planes IBR, ICR o PAYE.

Quienes reciban un desembolso después del 1 de julio de 2026 solamente serán elegibles para el Plan de Ayuda para el Pago. La Ley One Big Beautiful Bill Act también contempla la eliminación futura de los planes ICR y PAYE.

Nota: Si tiene al menos un préstamo desembolsado por primera vez el 1 de julio de 2026 o después de esa fecha, deberá pagar todos los préstamos del Programa Direct Loan, incluyendo los anteriores, mediante el Plan de Ayuda para el Pago o el Plan de Pago Básico Escalonado.
Nota: El Departamento de Educación de Estados Unidos se encuentra implementando cambios importantes en los planes de pago y actualizando la información publicada en StudentAid.

Agencias de Préstamos

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Enlaces de ayuda importantes:

Si necesita acceder a la cuenta de su agencia administradora y no recuerda su FSA ID, puede comunicarse con el Centro de Información sobre Ayuda Federal para Estudiantes al 1-800-433-3243.

También puede recuperar el acceso utilizando las preguntas de seguridad al iniciar sesión en: studentaid.gov .

Wright International Student Services (WISS)

Wright International Student Services es una compañía contratada por Ana G. Méndez University para apoyar el manejo y la prevención del incumplimiento en el Programa de Préstamos Estudiantiles.

Compañía fundada en: 1992

Dirección:
6405 Metcalf Ave., Suite 504
Shawnee Mission, KS 66202

Teléfono: 1-800-257-4757

Página web: Wright International Student Services (recurso disponible solamente en inglés).

Servicios ofrecidos por WISS

  • Envío de cartas, llamadas y correos electrónicos a estudiantes con atrasos en sus préstamos.
  • Orientación sobre las diferentes opciones de planes de pago disponibles mediante el Departamento de Educación Federal.
  • Asistencia con el envío de solicitudes de diferimiento y prórroga, y seguimiento hasta que la agencia administradora emita una determinación.

Oficiales de Manejo y Prevención en Incumplimiento de Préstamos

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